El Tribunal Supremo reconoce la legitimación de un integrante de una UTE para actuar individualmente.
El Tribunal Supremo en su sentencia número 1397/2023 de 7 de noviembre (ECLI:ES:2023:4735) ha declarado que las sociedades integrantes de una unión o asociación de empresas ostentan legitimación para actuar individualmente en defensa de sus derechos frente a la no adjudicación de un contrato administrativo al que ha concurrido la UTE siempre que quede acreditado dicho interés particular y que al actuar en beneficio de la unión de empresas su acción individual no entra en contradicción con la actuación procesal o los intereses de la unión de empresas en cuanto entidad colectiva.