El Tribunal Supremo declara que un funcionario tiene la condición de interesado para el acceso a la información previa.
En una reciente sentencia de casación (1.181/2023 de 25 de septiembre)se establece la condición de interesado de cualquier funcionario al cual se le haya instruido un expediente disciplinario de información previa aunque finalmente no se hubiera incoado tal expediente como resultado de la citada actuación